La emisión de comprobantes electrónicosbajo el esquema off line es obligatoriadesde el 1 de enero de 2018 en el Ecuador, según se dispuso en la resolución NAC-DGERCGC15-00000745-B, del Servicio de Rentas Internas (SRI), con fecha 1 de octubre de 2015.
Hasta el 31 de diciembre de 2017 las personas naturales o sociedades no podían enviar los comprobantes electrónicosque emitían directamente hacia el receptor, mientras no hayan sido validados y autorizados por el SRI.
Estos comprobantes electrónicos son: facturas, comprobantes de retención, notas de crédito, notas de débito y guías de remisión.
El esquema on line que regía hasta el fin de año de 2017 era el siguiente:
Fuente: El Universo
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